Beneficios del reintegro
Reintegro del bono de $25,000 para empleadas domésticas: requisitos

El ministerio de trabajo, empleo y seguridad social ha anunciado una importante medida que beneficiará a los empleadores de empleadas domésticas
Gobierno establece mecanismo para aliviar la carga de empleadores que cumplan con requisitos específicos.
El ministerio de trabajo, empleo y seguridad social ha anunciado una importante medida que beneficiará a los empleadores de empleadas domésticas en Argentina. A través de la Resolución 1136, publicada recientemente en el Boletín Oficial, se establece un mecanismo para que aquellos empleadores que paguen la asignación no remunerativa a sus trabajadores puedan recibir un reintegro equivalente al 50% del bono de $25,000, distribuido en dos pagos durante los meses de septiembre y octubre.
Apoyo a Empleadores
El gobierno Argentino busca aliviar la carga financiera de los empleadores que cumplan con ciertos requisitos establecidos en la normativa. Entre los requisitos destacados se encuentran:
- Que la relación laboral haya estado activa en los meses de agosto y septiembre de 2023.
- Que el pago de la asignación no remunerativa haya sido previamente registrado.
- No haber estado sujeto al impuesto de Bienes Personales en el ejercicio fiscal 2022.
- No estar registrado en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
- No poseer ingresos superiores a $1,500,000 netos en el mes de agosto de 2023, por empleador o empleadora.
Detalles de la Norma
El gobierno también ha aclarado que el abono del 50% de los bonos se realizará de acuerdo con el monto especificado en cada situación individual. Esto se debe a que se ha establecido un límite de $25,000 para los empleados que trabajen 40 horas a la semana. Por lo tanto, el importe se ajustará en función de las horas trabajadas.
Por ejemplo, si un trabajador cumple con 20 horas a la semana, el monto se reducirá a la mitad, es decir, $12,500, que se distribuirá en dos pagos de $6,250 cada uno.
Proceso de solicitud
Para acceder a este reintegro, los empleadores que cumplan con los requisitos necesarios deberán presentar la siguiente documentación cada mes en el que deseen recibir el reembolso correspondiente:
- Declaración jurada del monto abonado en concepto de asignación no remunerativa y fecha de pago de la misma.
- Recibo de pago de la asignación no remunerativa firmado por el trabajador o trabajadora, o en su caso, recibo de sueldo que incluya el monto de la asignación no remunerativa.
- Datos de la cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU).
- Declaración jurada de ingresos netos percibidos en el mes de agosto de 2023 por el empleador o la empleadora y fuente de los mismos.
- Declaración jurada de la cantidad de horas trabajadas por el trabajador o la trabajadora sujeta al "Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares" en el mes de agosto de 2023.
- Lugar de residencia del empleador o de la empleadora.
La solicitud deberá realizarse a través del portal web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
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Fechas importantes
La presentación de la solicitud de reintegro para cada una de las cuotas deberá realizarse en las siguientes fechas:
- Primera cuota: Entre el 25 y el 29 de septiembre.
- Segunda cuota: Entre el 2 y el 8 de octubre.
El reintegro será liquidado y pagado por el ministerio de trabajo, empleo y seguridad social a través del banco de la Nación Argentina. Esta medida busca apoyar a los empleadores y asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales en el sector de empleadas domésticas en el país.