Cambios fiscales
Monotributo en 2023: Lo que debes saber sobre la prórroga de pagos

Los principales puntos de la medida que anunció la AFIP. Cuándo serían los nuevos vencimientos y a quienes alcanza.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha oficializado la prórroga del pago del componente impositivo de las cuotas del monotributo para las categorías A, B, C y D, a través de la Resolución General 5411/2023. Esta medida, que se enmarca en los anuncios previos del ministro de Economía, Sergio Massa, tiene como objetivo mitigar los efectos de la devaluación ocurrida el 14 de agosto.
El tributarista Sebastián Domínguez ha resumido los aspectos más destacados de esta resolución:
La prórroga se aplica exclusivamente a los contribuyentes del Régimen Simplificado que se consideran "puros", es decir, aquellos que, además de ser monotributistas, no tienen empleo en relación de dependencia.
La extensión de la prórroga se limita al componente fiscal de los períodos de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, así como a enero y febrero de 2024.
Las nuevas fechas de vencimiento para el componente impositivo son las siguientes: septiembre y octubre, el 20 de marzo de 2024; noviembre y diciembre, el 20 de abril de 2024; enero y febrero de 2024, el 20 de mayo de 2024.
La prórroga no abarca a los componentes de obra social y el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Esta medida solo se aplica a las primeras 4 categorías del monotributo, con los siguientes importes: A, $496,85; B, $957,27; C, $1.636,83 (Servicios) o $1.512,26 (Comercio); y D, $2.689,05 (Servicios) o $2.484,46 (Comercio).
Los contribuyentes de las categorías A y B que fueron alcanzados por la ley de Alivio Fiscal de junio de 2022, es decir, aquellos que no tienen ingresos por cargos públicos, locaciones, jubilación y pensión, trabajos en relación de dependencia, administración de sociedades, entre otros, no se ven afectados por esta prórroga.
Durante los períodos de septiembre de 2023 a febrero de 2024, los monotributistas solo deberán abonar las cotizaciones previsionales.
Puede interesarte
El pago de las cuotas del monotributo se puede realizar de diversas formas, como el Volante Electrónico de Pago (VEP), código de respuesta rápida "QR," débito directo en cuenta bancaria, débito automático mediante tarjeta de crédito, débito en cuenta a través de cajeros automáticos y otras plataformas de pago electrónico. Además, se ha establecido un procedimiento para aquellos contribuyentes que paguen de forma presencial en entidades habilitadas que no tengan adecuado el sistema para esta prórroga.
En cuanto a la devolución anual del componente impositivo por el pago a través de débito automático en tarjeta de crédito o cuenta bancaria, se ha establecido una excepción para el año 2023. Los contribuyentes podrán acceder a este beneficio si han abonado el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales durante al menos ocho períodos mensuales mediante estas modalidades de pago. El cálculo proporcional del importe a reintegrar tendrá en cuenta la cantidad de meses del año calendario en los que se hayan abonado los conceptos mencionados previamente.
Se espera que el Gobierno incluya en la Ley de Presupuesto 2024 un artículo que condone el componente impositivo de los períodos de septiembre de 2023 a febrero de 2024, convirtiendo este endeudamiento debido a la prórroga en una liberación del pago.