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Empleados de Comercio: cuánto cobran en julio
La FAECyS a cargo de Armando Cavalieri acordó una suba trimestral del 13,5% para los empleados del sector.
Los empleados de Comercio dentro de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) cobrarán sus salarios con aumento en julio: para este mes, la entidad a cargo de Armando Cavalieri cerró una suba del 5% con las cámaras empresarias del sector.
El aumento, que corre para los salarios de junio a liquidarse desde este 1° de julio, se definió el pasado jueves tras semanas de incertidumbre entre las partes.
A través de La FAECyS firmó el acuerdo con las entidades que representan a los empresarios del sector, la Confederación de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio (CAC) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca).
un comunicado de prensa, Cavalieri afirmó que "es fundamental mantener un monitoreo constante de la situación económica y del empleo para garantizar que los ajustes salariales sigan siendo efectivos y que no se vean superados por la inflación".
En general, se acordó un aumento del 13,5% para los meses de junio, julio y agosto, el cual se dividirá en tres liquidaciones distintas para llevar al básico a los $ 858.200, incluido el presentismo: los detalles del acuerdo.
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Aumento para empleados de Comercio: los detalles del nuevo acuerdo
La suba de sueldos de los trabajadores de Comercio del 13,5% aplica a todas las categorías de la rama general del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 y se concretará en tres tramos:
- Junio 2024 (a cobrarse en julio): aumento del 5%;
- Julio 2024 (a cobrarse en agosto): 4,5%;
- Agosto 2024 (a cobrarse en septiembre): 4%;
Aumento para empleados de Comercio: las escalas de junio, julio y agosto
Tras el acuerdo paritario alcanzado en el sector de los empleados de Comercio, la escala salarial quedó de la siguiente manera para el trimestre de junio a agosto:
Categoría | Junio | Julio | Agosto |
Maestranza A | 793.986,26 | 828.014,24 | 858.261,33 |
Maestranza B | 796.284,64 | 830.411,13 | 860.745,78 |
Maestranza C | 804.337,92 | 838.809,55 | 869.450,99 |
Administrativo A | 802.613,66 | 837.011,39 | 867.587,15 |
Administrativo B | 806.067,37 | 840.613,11 | 871.320,44 |
Administrativo C | 809.517,27 | 844.210,86 | 875.049,62 |
Administrativo D | 819.872,72 | 855.010,13 | 886.243,37 |
Administrativo E | 828.500,12 | 864.007,27 | 895.569,18 |
Administrativo F | 841.155,84 | 877.205,37 | 909.249,408 |
Cajero A | 801.288,52 | 835.629,46 | 866.154,74 |
Cajero B | 809.517,27 | 844.210,86 | 875.049,62 |
Cajero C | 814.695,25 | 849.610,76 | 880.646,77 |
Auxiliar A | 805.488,52 | 840.009,46 | 870.694,74 |
Auxiliar B | 811.241,56 | 846.009,05 | 876.913,49 |
Auxiliar C | 830.225,81 | 865.806,91 | 897.434,56 |
Auxiliar especializado A | 812.394,49 | 847.211,39 | 878.159,76 |
Auxiliar especializado B | 822.748,05 | 858.008,69 | 889.351,473 |
Vendedor A | 805.488,52 | 840.009,46 | 870.694,74 |
Vendedor B | 822.749,93 | 858.010,65 | 889.353,50 |
Vendedor C | 828.500,12 | 864.007,27 | 895.569,18 |
Vendedor D | 841.155,84 | 877.205,37 | 909.249,40 |