Fin del cepo: el dólar cerró a $14 en su primer día

En las primeras horas sin cepo cambiario, la divisa estadounidense llegó a cotizar a $15. Pero luego se fue desinflando.
Inmediatamente después de que abrieran las primeras casas de cambio, el dólar libre subió más de cinco pesos y llegó a los 15 pesos. Sólo duró unos minutos. La divisa empezó a bajar. Se quedó en $14,20 un tiempo y luego cerró a $ 14 en el mercado minorista.
En tanto, en el mercado mayorista, la divisa llegó a $ 13,55. Sin embargo, se concretaron muy pocas operaciones. En total, el mercado movió apenas US$ 40 millones, sin la intervención del Banco Central que, por primera vez en varios días, no tuvo que sacrificar reservas.
Prat Gay se negó ayer mencionar a qué precio esperaba que cotizara el primer día del dólar libre, pero apeló más de una vez a la cotización del que se negocia en Bolsa, que ayer quedó cerca de $14,50.
¿Se quedará en $14 el precio del dólar, en línea con lo que se fijó el Gobierno? Lo único seguro es que nadie lo sabe. En el juego de libre oferta y demanda al que el ministro de Hacienda, Alfonso Prat Gay, quiere someter al dólar es imposible predecir.
El equipo económico ya se preparó subiendo las tasas de interés y consiguiendo compromisos para reforzar las reservas. La primera medida apunta a incentivar formas de ahorro alternativos al dólar (dejando los ahorros en pesos y a plazo fijo). Con la segunda buscan el poder de fuego necesario para participar en el mercado de cambios con esas generosas ofertas de divisas que enfriarían su precio.
La impresión que tienen los operadores financieros, los bancos y los analistas, es que no hay riesgos de una disparada del tipo de cambio, ni siquiera para lo que se conoce como “overshooting”, es decir una suba tal vez exagerada que se produce ante cada episodio de desregulación de un mercado. Aunque al Banco Central no le disgustaría, tal vez, una escapada que les permita “escarmentar” a los que se atrevan a pagar demasiado caro el dólar.
Ayer, en el mercado financiero se subrayaba la fuerte demanda de Lebacs que se observó en el mercado secundario, “señal de que hay cierto entusiasmo en colocar pesos a estas tasas de interés”.
La AFIP reglamentó las nuevas medidas cambiarias
A través de dos Resoluciones (3818 y 3819), publicadas hoy en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos implementó dos Regímenes, uno de Retención y el otro de Percepción del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales por las operaciones de dólar a futuro y para la compra de paquetes turísticos y pasajes que se paguen en efectivo.
Asimismo, derogó a partir de hoy las percepciones de impuestos por compra con tarjetas, por viajes al exterior y por compra de dólar ahorro que se venían aplicando hasta ayer.
Por un lado, se crea un Régimen de Retención que se aplicará a los resultados positivos que se obtengan en las operaciones de dólar futuro que se realizaron recientemente, que aplicarán los agentes autorizados a operar en los mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores para la operatoria vinculada a operaciones de futuros.
A las personas físicas se aplicará una retención del 0,5%, para descontar de Bienes Personales, y para las jurídicas del 35% para poder computarlas como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.
Los que no sean contribuyentes de esos impuestos, al no poder descontarlas podrán solicitar la devolución de los importes, de acuerdo a los mecanismos que ya tiene previstos la AFIP. Por otro lado, se reemplaza el Régimen de Percepción, sobre compra de pasajes y paquetes turísticos al exterior por otro referido únicamente a los que adquieran esos servicios pagándolos en efectivo.
La retención será del 5% sobre el monto de esas operaciones y la efectuará la agencia de viajes o las empresas que vendan los pasajes. Esta retención luego podrá ser descontada por los Monotributistas del Impuesto sobre los Bienes Personales y los demás contribuyentes del Impuesto a las Ganancias.
Ambas normas rigen a partir de hoy, y todos los saldos a favor que poseen los empleados en relación de dependencia, los autónomos y los que no son contribuyentes de ninguno de esos impuestos, aguardando la devolución por parte de los empleadores en el mes de marzo del año 2016 (empleados), o descontándose del Impuesto a las Ganancias anualmente (autónomos) y reintegrándose en la CBU informada (no contribuyentes), siguen vigentes de acuerdo a lo que establecían las Resoluciones de la AFIP que estaban rigiendo y que ahora fueron derogadas.
Resumen de cada operación:
– Se eliminan los trámites de autorización desde la página de la AFIP, para la compra de dólar ahorro y para viajes al exterior. Se podrán adquirir dólares en casas de cambio o bancos con la condición de bancarizar el pago en pesos.
– Derogan la fórmula de la AFIP con los límites que estaba vigente para comprar dólares.
– Compra de paquetes turísticos y pasajes al exterior se pagan a la cotización del dólar, del nuevo mercado libre, del día del pago.
– Operaciones realizadas en dólares anteriormente, ya pesificadas, mantienen las condiciones de pago originales.
– Recupero de saldos a favor de percepciones del impuesto por compra de dólar ahorro, por viajes y compras al exterior se mantiene vigente según las normas anteriores (para los empleados, autónomos y los que no son contribuyentes).