Actualización impositiva
Con una inflación de 15,1%, la cuota más baja del Monotributo sube a $37.086

La suba regirá desde agosto y se actualizaron también los montos para el Impuesto a las Ganancias.
A partir de este mes, con la actualización semestral por inflación, tanto el Monotributo como el Impuesto a las Ganancias presentan nuevos valores. El incremento es del 15,1%, en línea con la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado en el primer semestre del año.
Nuevos mínimos para el Impuesto a las Ganancias
Con los cambios dispuestos, un trabajador soltero sin hijos quedará exento del pago de Ganancias si percibe menos de $2.624.000 brutos mensuales. Esto equivale a un sueldo de bolsillo cercano a los $2.178.000.
Por su parte, un trabajador casado con dos hijos no tributará Ganancias hasta los $3.054.000 brutos, es decir, unos $2.535.000 netos.
En el caso de un casado con dos hijos, pero con mayor nivel salarial, la exención llegará hasta los $3.464.000 brutos, lo que representa $2.890.000 en mano.
Por encima de estos montos, se aplicarán las alícuotas progresivas tradicionales del impuesto, que van del 5% al 35%, según los niveles de ingresos.
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Cómo impacta en los salarios
Estos nuevos mínimos rigen para los sueldos percibidos a partir del 1° de julio de 2025. Por lo tanto, si los empleadores abonaron en julio los salarios correspondientes a junio, deberán recalcular las retenciones aplicadas y realizar los ajustes necesarios en la próxima liquidación.
Además de los mínimos no imponibles, se actualizaron también las deducciones permitidas, como gastos por hijos menores, cónyuge sin ingresos, prepagas, educación y alquiler de vivienda. Todas ellas deberán informarse a través del Formulario F572Web del sistema Siradig Trabajador.
Monotributo: nuevas categorías y cuotas
El régimen del Monotributo también refleja la suba del 15,1%.
La categoría A, la más baja, podrá facturar hasta $8.992.835 anuales, cuando hasta ahora el tope era de $7.813.063.
En tanto, la categoría más alta sube de $82.370.281 a $94.808.193 de facturación anual.
Las cuotas mensuales también se ajustan:
La categoría A pasará de pagar $32.221 a $37.086.
La categoría B subirá de $36.679 a $42.217.
Así se aplicarán incrementos similares para todas las categorías del régimen simplificado.
Estos nuevos valores regirán desde agosto de 2025. Por lo tanto, la cuota de julio (con vencimiento el 21 de este mes) se mantiene sin cambios.
Fechas y detalles de recategorización
La recategorización semestral para los monotributistas tendrá plazo hasta el 5 de agosto. Desde ARCA (Administración Federal de Recursos de la Contribución Autónoma), aclararon que no es necesario realizar ningún trámite si no hubo cambios en la actividad en los últimos 12 meses.
Quienes deban recategorizarse podrán hacerlo a través de Clave Fiscal.
Se recuerda que la recategorización debe contemplar ingresos, alquileres devengados, superficie afectada a la actividad y consumo eléctrico. En caso de no hacerlo correctamente, ARCA puede recategorizar de oficio cuando detecte inconsistencias entre gastos, acreditaciones bancarias e ingresos declarados.
Por qué se actualizan estos montos
Tanto las deducciones y alícuotas de Ganancias como los valores del Monotributo se actualizan dos veces al año, siguiendo el IPC semestral: enero-junio y julio-diciembre. Esto busca reflejar la inflación y evitar que más contribuyentes queden alcanzados solo por efecto de la suba generalizada de precios.
Desde ARCA remarcan que la estabilidad de estos regímenes depende del proceso de estabilización macroeconómica, por lo que es probable que estos ajustes continúen durante el segundo semestre.