El Gobierno oficializó el financiamiento a las provincias por $120.000 millones
Se efectuaran a través de Aportes del Tesoro Nacional y del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial. Los préstamos deberán ser reembolsados en 36 cuotas y las provincias deberán ceder en garantía las sumas que les correspondan por coparticipación.
Tal como anticipó Ámbito, el Gobierno nacional oficializó Programa para la Emergencia Financiera Provincial mediante la asignación de $120.000 millones provenientes de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) y otros recursos canalizados a través del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial.
Ministerio de Desarrollo Productivo ofrecerá $2.250 millones en créditos al 12% para empresas e instituciones que tengan proyectos para combatir al coronavirus.
A través del decreto 352/2020 publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo Nacional aseguró que esta medida es para “sostener el normal funcionamiento de las finanzas provinciales y cubrir las necesidades ocasionadas por la epidemia de coronavirus”.
También precisó que el Estado nacional, a través del Ministerio del Interior, destinará al Programa durante este año $60.000 millones del Fondo de ATN a las jurisdicciones.
Interior asignará, mediante resolución, el aporte correspondiente a cada provincia participante, que será distribuido en cuotas de acuerdo con los criterios que al efecto se establezcan.
Paralelamente, el Estado transferirá al Fondo Fiduciario otros $60.000 millones, con el fin de que éste asista a las jurisdicciones provinciales que lo soliciten mediante el otorgamiento de préstamos.
Por su parte, el Fondo Fiduciario suscribirá con la jurisdicción participante un convenio bilateral en el que se acordarán las condiciones del préstamo, debiendo constar, como mínimo, monto y modalidad de los desembolsos; conceptos y rubros a financiar; programación fiscal y financiera de la jurisdicción participante; y condiciones de reembolso.
Los préstamos serán reembolsados por los estados provinciales en 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un período de gracia hasta el 31 de diciembre próximo; y la tasa aplicable será del 0,1% nominal anual y se calculará sobre el capital ajustado por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) que elabora el Banco Central.
Los intereses devengados desde cada desembolso se capitalizarán hasta el 31 de diciembre próximo.
Para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de reembolso, de los intereses que devengue y de las penalidades que prevea el convenio bilateral, la provincia cederá en garantía las sumas que le corresponda percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.
El Fondo Fiduciario deberá restituir al Estado la suma equivalente a los préstamos que haya otorgado, transfiriéndole los reembolsos que hagan efectivo las jurisdicciones participantes del Programa, para lo cual deberá instruir irrevocablemente al Banco Nación a transferir los fondos respectivos a favor del Tesoro Nacional.