Blanqueo laboral: las claves del nuevo proyecto que el Gobierno envió al Congreso
La iniciativa ingresó el viernes a la Cámara de Senadores y fue presentado por el senador de Cambiemos, Roberto Basualdo. Condona deudas para las empresas que blanqueen trabajadores durante un año, fomenta nuevas contrataciones y aumenta las multas por registración deficiente
Muy sigilosamente, el Gobierno envió al Congreso el proyecto de blanqueo laboral que venía discutiendo con la CGT y las entidades empresarias desde hacía varios meses. Pero no lo hizo el Ejecutivo, sino que fue presentado por el senador de Cambiemos, Roberto Basualdo, situación llamativa, teniendo en cuenta que se trata de uno de los proyectos clave que tenía el oficialismo en carpeta para darle impulso legislativo durante el 2019.
La lectura que realizaron algunos sindicalistas y empresarios es que lo hicieron de esa manera para evitar pagar nuevamente el costo político si es que la iniciativa no avanza durante el año electoral. Aunque desde el Gobierno aseguraron que se buscó agilizar el envío del proyecto.
El título completo del proyecto de ley es: “Regularización del empleo no registrado, lucha contra la evasión en la seguridad social y registración laboral”. Busca blanquear el empleo no registrado, impulsar la creación de nuevos puestos y reducir la litigiosidad.
“En la Argentina, un 35% de los trabajadores se encuentra en la informalidad. Esto significa que 1 de cada 3 de ellos no cuenta con cobertura de Seguridad Social ni de salud. No tiene un salario de convenio ni asegurados sus derechos. Este nivel de informalidad genera además, un menor financiamiento al sistema de Seguridad Social, que afronta la cobertura de las jubilaciones”, destacó el Ministerio de Producción y Trabajo.
– Los empleadores que regularicen a sus trabajadores en el plazo de un año desde la reglamentación de la ley tendrán una condonación de las deudas de aportes y contribuciones; extinción de acción penal, multas, exención de capital e intereses adeudados en materia de seguridad social y la baja en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
– Los trabajadores incluidos en la regularización prevista en el régimen tendrán derecho a computar hasta 60 meses (5 años) de servicios con aportes o la menor cantidad de meses por las que se los regularice. Estos meses serán calculados sobre un monto mensual equivalente al promedio del salario básico inicial del convenio colectivo de trabajo del que se trate, establece el inciso d del artículo 2° del proyecto. El promedio de informalidad, dijeron en el Gobierno, alcanza a 3 años y medio.
“El beneficio para el trabajador es que pasa a tener un empleo formal con cobertura de seguridad social y de salud; será sujeto de crédito y podrá aspirar a salarios más altos”, afirmó la cartera que dirige Dante Sica.
Promoción del empleo
El artículo 11° del proyecto de ley prevé que los empleadores que contraten nuevos trabajadores en el plazo de un año desde la reglamentación también gozarán de la exención de las contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional (SIPA) durante dos años desde la registración. Quedan afuera los aportes al PAMI, obras sociales y las ART.
“Esto representa un descuento de 55% de las contribuciones y es un tercio del total de los aportes y contribuciones, que va a permitir reducir la presión tributaria sobre muchas empresas y favorecer la generación de nuevos puestos de trabajo”, señaló Producción.
Litigiosidad
El proyecto establece la base de cálculo de las multas al empleador previstas por la Ley 24.013, ante la existencia de una relación no registrada. De esta manera, en el 70% de los casos, las multas van a ser más altas, por lo que “se castiga con mayor severidad la informalidad”, planteó el Gobierno.
Se establece el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) como unidad de medida para que la determinación de la multa sea más sencilla de calcular, unívoca y no existe la necesidad de dirimirla en la justicia. “Esta aclaración -afirmó Producción- brinda previsibilidad y aumenta las multas para aquellos empleadores que tengan contratados de manera informal a trabajadores del rango de salarios más bajos, que son aquellos que más comúnmente tienden a ser afectados por la informalidad”.
En todos los sueldos menores a la suma de dos salarios mínimos (hoy $ 23.800), la multa con el cálculo propuesto, en caso de existir una relación laboral informal, va a ser más alta que la actual y será más fácil y rápida de determinar.
En la CGT consideraron que con este proyecto los derechos de los trabajadores están suficientemente resguardados y que no hay ningún punto que pueda generar rechazo. Pero en la UIA recibieron el capítulo que hace referencia a la lucha contra la litigiosidad con algo de preocupación, ya que consideran que en muchos casos puede haber reclamos de los trabajadores sobre “registración deficiente” cuestionables que harán que las empresas tengan que pagar por eso el doble de la indemnización, por ejemplo en el caso de un despido sin causa.